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Coberturas - ART - Riesgos del trabajo

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Coberturas - ART - Riesgos del trabajo

Contingencias Amparadas
  • Accidentes del trabajo
  • Enfermedades profesionales
  • Accidente in itinere

La SRT ha emitido las Res. 463/09 y 529/09; las mismas producen modificaciones en la Solicitud de Afiliación y en el Contrato Tipo de Afiliación, crean el Registro de Cumplimiento de Normas de Salud, Higiene y Seguridad en el Trabajo, y agregar nuevas obligaciones para Empleadores y ART.

Principales cambios
  1. La Solicitud deberá ser prenumerada y bajo controles informáticos.
  2. La nueva Solicitud incluye un Relevamiento General de Riesgos Laborales en cuestionarios de preguntas, según actividad del empleador, a cumplimentar por cada establecimiento. En ellos se deberá informar en que fechas se regularizarán los incumplimientos declarados.
  3. El empleador deberá acreditar durante la afiliación la personería invocada y entregar copia de documentación que acredite la misma.
  4. Dentro de los 30 días de vigencia la ART deberá instrumentar el contrato respectivo.
  5. La ART deberá evaluar en plazo perentorio la verosimilitud del relevamiento de riesgos realizados por el empleador.
  6. La ART deberá cumplir con las visitas técnicas al empleador conforme cronograma fijado por la Resolución.
  7. Con 45 días de antelación a la renovación del contrato, la ART deberá notificar al Empleador que deberá presentar el Relevamiento General de Riesgos Laborales y el plan de regularización de los incumplimientos denunciados antes de que opere la renovación. De no cumplir en tiempo y forma, el empleador, tendrá una penalidad del 50 % del premio y no podrá traspasarse mientras subsistan los incumplimientos.
  8. Las Resoluciones entran en vigencia a partir del próximo 01/08/09.
  9. La normativa establece que todo contrato con fecha de inicio de vigencia 01/08/09 y solicitud de traspaso correspondiente al mes de JULIO 09 debe cumplir con estas nuevas exigencias legales, en caso contrario, no podremos aceptar dicha solicitud.

Información de Interés - Instructivo Res. 463



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